Colombia.- Ordenan anular las adopciones cuando los niños no quieran estar con la familia

El Consejo de Estado le hizo un llamado de atención al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar-ICBF para que no imponga trabas a los procesos que buscan  revocar las adopciones de menores, cuando éstos no se sientan a gusto con sus nuevos padres.

Según el alto Tribunal, el trámite de adopción se efectúa atendiendo al interés superior de los menores de 18 años y no a las expectativas que puedan tener los adoptantes.

En ese entendido, la Corte le exigió al ICBF tener  en cuenta, prioritariamente, el testimonio de los menores, antes que el de los padres adoptivos, so pena de violar los derechos de los niños y niñas.

El pronunciamiento lo hizo la Corte Constitucional en un fallo de tutela donde amparó los derechos de una menor de edad, quien no quiso permanecer más con la familia adoptante.

La sentencia argumenta que en los casos en donde se desconozcan los derechos fundamentales de los niños, la irrevocabilidad de la adopción no puede aplicar como la regla excepcional.

“De ahí la importancia de que en este procedimiento, los funcionarios del ICBF como los jueces, evalúen con rigurosidad las pruebas que obran en el expediente; además que tengan en cuenta la opinión del niño, niña o adolescente y la participación
de su familia de origen o extensa”, expuso el fallo.

Publicado el 19/01/2012 en RCN Radio

 

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