Castilla y León.- Regulación del proceso de admisión en Escuelas Infantiles

ORDEN EDU/137/2012, DE 15 DE MARZO, POR LA QUE SE REGULA EL PROCESO DE ADMISIÓN EN LAS ESCUELAS INFANTILES PARA CURSAR EL PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN.

Artículo 3. Requisitos generales de admisión.

(…)

3.- Podrá solicitarse plaza para niños en trámites de adopción o acogimiento condicionada a la presentación de la filiación del niño en el momento de formalizar la matrícula.

4.- Al menos uno de los padres, tutores o representantes legales del niño del que se solicita plaza escolar, así como el propio niño, se encontrarán empadronados en alguno de los municipios de la Comunidad de Castilla y León en el momento de formular la solicitud. Esta circunstancia se mantendrá durante todo el período de permanencia del niño en la escuela infantil…

Publicado el 21/03/2012 en Diario del Derecho

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