«Maltrato institucional a solicitantes de adopción»

Entrada del blog Educar en Familia del psicólogo clínico Eduard Hervás. La entrada es antigua pero fue republicada en mayo de 2012.

 

La adopción es la mayor forma de protección de un menor ya que tener una familia es uno de los derechos básicos de cualquier niño o niña al ser el mejor lugar para que viva, crezca y aprenda a vivir. En demasiadas ocasiones la familia de biológica de un niño o niña no existe, no funciona como tal o es perjudicial para la niña o el niño.
Para que un niño o una niña que no la tiene pueda llegar a tener una familia hacen falta una o dos personas (madre/padre) que quieran recibirlo y asumirlo como a su hijo o hija, con todas las consecuencias. Como si lo hubieran concebido, gestado y parido. El proceso que se sigue para poder adoptar es similar a un embarazo, aunque administrativo, con mayor o menor sufrimiento y carga burocrática según las instituciones que lo gestionen y deban de aprobarlo.

Por el Convenio de la Haya de 1993 (ratificado por el Estado español en 1995) los estados acordaron una serie de puntos para que en los procesos de adopción internacional los niños estén protegidos y existan unas reglas que ordenen las relaciones entre los estados con toda la claridad y transparencia posible, evitando la compraventa de niños y asegurando que los futuros padres están bien informados y son adecuados y aptos para adoptar. Es por esto último por lo que para poder iniciar el proceso adoptivo, o poder legalizar e inscribir una adopción realizada en el extranjero, los padres deben haber sido declarados idóneos por la Administración correspondiente (en España, los Consejos de Adopción de las Comunidades Autónomas, que son quienes tienen las competencias sobre asuntos de menores). Y para poder valorar las capacidades de los pretendidos adoptantes deben basarse en la información de los técnicos (en España, psicólogos y trabajadores sociales) que han tenido que redactar unos informes tras entrevistar a los candidatos y candidatas a adoptantes.
Todas y todos los candidatos a ser adoptantes, a recibir a un niño o niña en su familia como si fuera un hijo biológico, han tenido que ser valorados por un equipo psicosocial. Considero necesaria esta valoración en la que, después de ser informados convenientemente, se les explore para cerciorarse de que no tienen trastornos psicológicos, que conocen la realidad de la adopción y las características de los niños que pueden ser adoptados, así como que tienen una aceptable situación económica y una red social adecuada, así como unas habilidades educadoras que le permitirán acoger, como se debe, a un hijo o hija.
Si la adopción es la mayor protección social para un menor que se encuentra tutelado por las instituciones públicas por no tener una familia que se ocupe de él, las personas que quieren adoptar debían ser tratadas con el mayor tacto y amabilidad institucional. Van a ser colaboradores necesarios en un proceso que deberá concluir, si se acuerda que es lo mejor para ese/a menor, en que pase de estar institucionalizado a ser hijo/a de una familia donde podrá crecer con todas las garantías.
Sin embargo, nos encontramos con que a muchas de estas personas se las maltrata institucionalmente, independientemente de que, finalmente, se les permita adoptar a un/a hijo/a. Ya en las conclusiones y recomendaciones de la Comisión sobre Adopción Internacional del Senado, aprobadas por unanimidad en Pleno de 10 Diciembre de 2003, se concluía que “existía una queja generalizada de las familias en la forma de investigación y en el contenido de las entrevistas con psicólogos y trabajadores sociales para la realización de los informes, en los que se tenía la sensación de ser sometidos a un juicio sumarísimo o de experimentar una valoración de motivaciones y conductas, que origina un modelo de exclusión, no de ayuda.
Si en algunas Comunidades Autónomas se realizan las valoraciones de forma correcta, donde los candidatos a adoptantes se sienten acompañados en su proceso, en otras siguen sintiéndose examinados, juzgados negativamente, no comprendidos y rechazados como personas. La necesaria valoración, que hay que hacer para asegurar los mejores padres para cada niño/a, llega a convertirse en demasiados casos en una agresión a su intimidad, honor y hasta integridad moral, sin que puedan comparar los informes aportados al expediente de idoneidad por los profesionales psicosociales con unos criterios válidos contrastados o unos perfiles de riesgo claros y transparentes. El interés del menor está demasiadas veces mediatizado por creencias, valores y contravalores de los evaluadores que mediatizan su percepción profesional.
La inseguridad administrativa, que llega a resultar injusta y arbitraria en algunos casos, puede ser superada acudiendo a los tribunales, tras solicitar o no una segunda valoración psicosocial, y ser declarados como no idóneos. Una gran mayoría de los aspirantes a adoptantes son declarados idóneos por los jueces tras un procedimiento contencioso, siendo valorados por el equipo psicosocial de los juzgados.
Llegados a este punto hay que reconocer que, aunque al final siempre se puede entablar un procedimiento judicial para obtener la idoneidad, las personas a las que en unos folios escritos y firmados por profesionales de la psicología y del trabajo social (que se suponen especialistas en adopción y, por ello, en personas, familias e infancia) se les dice que no son aptos para adoptar se sienten emocionalmente muy mal: desvalorizados como personas, en muchos casos descritos en equívocos términos psicológicos tanto ellos como sus relaciones familiares y personales, que no se reconocen en aquellas hipérboles o debajo de las motivaciones que les presuponen los/las profesionales. Junto con la valoración negativa (desvalorización al fin y al cabo) no hay una entrevista personal, una explicación clara del informe ni una descripción inteligible de los motivos que llevan a la frase final donde se declara la no-idoneidad para la adopción.
La Administración, que debe encontrar unos padres para proteger a menores que no tienen una familia, abandona a quienes se han ofrecido para ser su padre o madre tras hacerles pasar algunos de los momentos más duros y amargos de su vida, después de una decisión que pensaban que era buena y aceptada socialmente: ofrecerse para adoptar a menores sin familia.
Con esto no quiero ni sugerir que no deba hacerse una valoración de los futuros adoptantes para determinar si son o no idóneos. Al contrario, debe dárseles una buena información y hacerse la más correcta y ajustada valoración, pero con unos criterios profesionales claros y que no den opción a la duda. Y, lo que es más importante, explicando a los candidatos a la idoneidad el porqué de la decisión negativa con toda la delicadeza y tacto posible, apoyándolos en unos momentos difíciles en los que no deben sentirse maltratados ni rechazados sino, simplemente, valorados en relación a su posibilidad de adoptar un/a menor. Una pretensión que, aunque no pueda satisfacerse por unas razones justas que se les deben exponer claramente, debe seguir siendo valorada positivamente como uno de los mayores servicios a los niños y niñas del mundo. Que tienen derecho a vivir en una familia.

 

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