Adopcion para hombres solteros

monoparenteral

La adopción es el sistema más socorrido para conseguir ser padres para parejas con problemas para concebir, y cada día más para familias monoparentales. Cada vez son más los hombres que se deciden por adoptar para formar una familia. Entre las dos posibilidades (la adopción nacional o la internacional), esta última es la más solicitada abarcando el 80% de las solicitudes. Aquí mostraremos los trámites de ambas y analizaremos las ventajas y desventajas de los dos procesos.

En las adopciones internacionales, los países que ponen menor cantidad de obstáculos son Ucrania, Rusia y Colombia, aunque hay posibilidad de tramitar la adopción en cualquier país. La documentación requerida básicamente es la misma en todos los países, a pesar de que la diferencia de edad del adoptante con el niño puede variar en unos cinco años pero en ningún caso puede superar los cuarenta años entre los dos.

Aparte de este dato, la burocracia pide presentar un certificado de idoneidad, carecer de antecedentes penales, un compromiso en cumplir las leyes del país, certificar que se posee un trabajo o ingresos que permitan sostener una familia y no padecer enfermedades que pongan en peligro la salud del menor; en ocasiones se solicitan analíticas de sangre, de estupefacientes u orina.

Los requisitos para adoptar en España son un poco más completos ya que solicitan residir habitualmente en una de las comunidades, ser mayor de veinticinco años y llevarse como mínimo catorce años de diferencia con el menor (en cualquier caso la diferencia de edad no debe superar los cuarenta años), disponer de unas condiciones económicas y actitudes pedagógicas mínimas, y poder demostrar que pueden cubrir las necesidades económicas y de atención del niño así como mostrar interés por la educación del menor. En cualquier caso la adopción no podría verse sujeta a las características físicas, sexo o procedencia socio-familiar del niño.

En cuanto a los trámites para la adopción nacional, se debe presentar la solicitud de adopción a los Servicios Sociales del organismo competente de la Comunidad Autónoma de residencia; la solicitud es facilitada en las oficinas territoriales del Departamento de  Justícia de dicha Comunidad. Con el impreso formalizado y dependiendo de la Comunidad, puede ser solicitada la siguiente documentación:

– Un informe médico en el que quede reflejada la salud física y mental del adoptante, indicando si sigue algún tratamiento y firmado por un colegiado.

– Un certificado de antecedentes penales que es facilitado en el Ministerio de Justícia.

– Documentos acreditativos de la situación económica (última declaración de la renta y patrimonio, fotocopia de la última nómina o recibo del IAE).

– Certificado de empadronamiento.

Cuando ya se ha registrado toda la documentación, se ingresa en una lista de espera. Los candidatos adoptantes serán visitados y entrevistados por los Servicios de Protección de Menores. Al final de todo el proceso se dará entrega del certificado de idoneidad.

Las ventajas y desventajas en ambas adopciones son poco diferenciables. En la adopción internacional, la edad de los niños a adoptar suele ser más baja, al igual que el proceso que adquiere mayor rapidez (en ningún caso se pasa de los veinte meses de espera). Por defecto cabe mencionar el alto coste económico del proceso que ronda los 9,000€, sin contar los costes de la contratación de un traductor. Otro inconveniente son los desplazamientos al país de origen del niño en el que se debe permanecer entre 15 y 40 días y en ocasiones hay que hacer más de un viaje. La salud del pequeño también puede suponer un traspiés importante ya que en todos los países no se llevan a cabo las mismas revisiones médicas.

En lo que respecta a la adopción nacional las ventajas aumentan ya que el proceso se lleva a cabo en el entorno del niño y los costes son prácticamente nulos. El lado más complicado son los tiempos de espera que han aminorado en la actualidad a cuatro años dentro de los que se incluyen dos años de acogimiento pre-adoptivo en los cuales los padres biológicos tienen derecho a reclamar al bebé. El proceso legal es lento ya que tan sólo una autoridad resuelve todas las solicitudes. Otro de los inconvenientes es que la edad de los niños es mayor, ya que no suele haber bebés, y muchos menores tienen necesidades especiales o viven en una situación de riesgo.

Una puntualización importante es que en la adopción por parte de hombres solteros  la mayoría de menores son varones, ya que por legislación es más difícil que se pueda optar a la adopción de una niña.

Fuente: paranosotras.net

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