VIETNAM: Conclusiones de la conferencia sobre adopción internacional

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El Portal Gallego de Adopciones publica la siguiente nota en su página web:

El Departamento de Adopciones de Vietnam celebró, durante el mes de agosto, una conferencia con las agencias de adopción internacional acerca del Convenio de la Haya en relación con la nueva Ley Vietnamita de Adopciones.

VIETNAM: Conclusiones de la conferencia sobre adopción internacional

El Departamento de Adopciones de Vietnam celebró, durante el mes de agosto, una conferencia con las agencias de adopción internacional acerca del Convenio de la Haya en relación con la nueva Ley Vietnamita de Adopciones.

Las conclusiones de esta conferencia, publicadas por el DA, son las siguientes:

1.       En cuanto al apoyo de las entidades de adopción internacional referentes a la búsqueda de familias para niños discapacitados, enfermos, mayores, o grupos de 2 o más hermanos:

A.      En la actualidad, en  los casos de menores enfermos o discapacitados de la lista 2, el Departamento de Adopciones acepta que las agencias de adopción presenten expedientes de familias que están dispuestas a adoptarlos, teniendo en cuenta informes sobre la salud del menor.

B.      En los casos de niños de 5 o más años, y grupos de 2 o más hermanos, también de la lista 2, el Departamento seleccionará a la familia más conveniente, de entre las previamente registradas, independientemente de la sugerencia de la entidad.

C.     Cuando los niños padecen enfermedades que no pertenecen claramente a la lista 2, el Departamento, después de consultar a especialistas médicos, incluirá a los menores en la lista 1 ó 2, y, en este último caso, asignará al niño a la familia que considere más conveniente, también de entre las previamente registradas, independientemente de la sugerencia de la entidad.

2.       En cuanto a la entrega de expedientes de solicitud de adopción y revisión:

–         El Departamento de Adopción acepta recibir expedientes de familias que están dispuestas a adoptar niños de la lista 2, incluso cuando el DA no disponga aún del expediente del menor, pero avisará de la cantidad de expedientes para niños de la lista 2 que pueden entregar las entidades, según los grupos de enfermedades.

–         Cuando los padres solicitan menores de la lista 2 y, a su entrega, detectan otra enfermedad, o más grave, y renuncian a esta asignación, pero desean continuar con el procedimiento con otro menor de la lista 2, el Departamento de Adopción revisará cada caso concreto para decidir si la familia continúa o no.

3.       Cuestiones económicas:

–         La Ley de Adopciones y la restante normativa, regulan la cantidad económica y el órgano receptor, en el caso de adopción. Además, las familias pueden realizar donaciones voluntariamente a los orfanatos.

–         Las entidades que lleven a cabo proyectos humanitarios de ayuda al desarrollo, no podrán firmar directamente con los orfanatos, sino  con el organismo gerente de estos, pudiendo constar claramente el nombre del orfanato beneficiario del proyecto.

Fuente: Portal Gallego de Adopciones

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