Sobre la adopción en México

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México es Parte del Convenio de La Haya de 29 de mayo de 1993 relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en Materia de Adopción Internacional y como tal, todas las adopciones que se gestionen  con los países que han ratificado este instrumento internacional, deberán regirse por las disposiciones del mismo.

El Convenio aplica en todos aquellos casos en los que el o los futuros adoptantes residen en un país  (Estado de recepción) y el o los menores a ser adoptados residen habitualmente en otro país (Estado de origen). Es necesario que ambos países sean Parte del Convenio.  Puede consultar la lista de países contratantes aquí.

El texto del Convenio, así como los documentos y guías relacionadas con el mismo se encuentran disponibles en el sitio de internet de la Conferencia de La Haya.
El Convenio prevé que los trámites de adopción internacional deben realizarse a través de las Autoridades Centrales de los países en los que residen el o los futuros adoptantes y el o los futuros adoptados.

En México existen dos Autoridades Centrales designadas, la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de la Dirección General de Protección a Mexicanos en el Exterior y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) tanto a nivel nacional como estatal.

La SRE únicamente realiza dos funciones como Autoridad Central: la recepción de documentación procedente del extranjero y la expedición del certificado de conformidad previsto en el Artículo 23 de la Convención, el cual se expide una vez finalizada la adopción y para el cual se requieren los documentos contenidos en esta lista.

¿Cómo inicio el trámite de adopción de un niño mexicano si vivo en otro país?

Es necesario que acuda a la Autoridad Central del país en que reside. La lista de Autoridades Centrales se encuentra disponible en:
http://www.hcch.net/index_es.php?act=conventions.authorities&cid=69

Todos los documentos deberán enviarse directamente por la Autoridad Central o Agencia Acreditada a la siguiente dirección:

Secretaría de Relaciones Exteriores
Dirección General de Protección a Mexicanos en el Exterior
Plaza Juárez #20, piso 17
Col. Centro, Del. Cuauhtemoc
06010 Mexico, D.F.

¿Cómo inicio el trámite de adopción de un niño que radica en el extranjero si vivo en México?

Es necesario que acuda al DIF del estado en que reside o bien al DIF Nacional para que le asistan.

Si desea conocer las estadísticas de adopciones internacionales por favor ingrese aquí

Fuente: Secretaría de Relaciones Exteriores. Gobierno de México

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