La mejor decisión

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Una frase del ámbito jurídico reza: «la justicia que llega tarde no es justicia», por eso en la historia que voy a contarles no recurrí a ella.

Seguramente no sea un texto muy adecuado para incluirlo en este blog, de hecho recomiendo sinceramente al internáuta que se lo salte, pero es la única manera que he encontrado de desfogar mi rabia contra la prepotente Administración Pública y en particular contra la de algunos de sus empleados que, en mi opinión, discriminaron a mi hija por razones de nacimiento.

En alguna texto anterior dije que no tuve ningún problema con la Administración durante los preparativos de toda la documentación requerida para el expediente de adopción. Sin embargo las cosas no fueron igual de bien con el Ente Público a nuestro regreso. Sobre este asunto voy a contar dos experiencias, la primera de ellas es casi una anécdota, sin embargo, la segunda ha sido muy dolorosa para mi en cuanto la considero una auténtica discriminación para con mi hija.

La primera experiencia negativa tuvo que ver con mi solicitud del Título de Familia Numerosa. Y es que si bien no es usual que una familia que adopta se convierta en numerosa, tampoco me parece que sea una circunstancia excepcional. Pero en cualquiera de los casos la Administración debe tener las respuestas para esta circunstancia.

Cuando llegamos de China en agosto de 2005, y anticipándome al período de matrículas universitarias, fui a la correspondiente oficina de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía donde se tramita el citado Título. Necesitaba hacerlo pronto para poder beneficiarme de las bonificaciones en las matrículas de los estudios universitarios (mi mujer, mi hijo mayor y yo mismo estamos matriculados en la Universidad, por lo que conseguía un ahorro importante). Pues bien, cuando presento la solicitud y el resto de los documentos exigidos me dicen tan tranquilos que no pueden concedérmelo porque según dicta el procedimiento administrativo aplicable no acompaño el Libro de Familia. Les explico que me resulta completamente imposible presentarlo ya que se encuentra en la Embajada española en Beijing y que no lo recibiré hasta pasados varios meses. No obstante les enseño una fotocopia compulsada del Registro de la Embajada que acredita suficientemente que mi hija es mía.

A pesar de la prueba indiscutible de mi paternidad, siguen negándome mi derecho porque, insisten, no me ciño al procedimiento administrativo establecido. Les explico la excepcionalidad del caso y muestro reiteradamente la documentación que acredita que Eva es mi hija. Pero en contra de toda normativa sobre los procedimientos administrativos que garantizan al ciudadano el derecho a presentar solicitudes por el Registro General, ellos siguen impidiendo el ejercicio de mis derechos. Me dicen que haga el trámite una vez reciba el Libro de Familia. Me niego por completo a esa solución ya que tardará meses en llegar y yo necesito disponer del reconocimiento formal de familia numerosa para realizar las matrículas universitarias además de otras ventajas a las que tenía derecho.

Ante una situación que considero tan injusta decido que no voy a ceder e insisto en que no me marcharé hasta que se resuelva el problema ya que tenía todo el derecho a que mi familia fuera reconocida como numerosa. Se produce un pequeño revuelo entre los empleados públicos por mi tozudez y comienzan a desfilar ante mí varios responsables que no dan una solución satisfactoria a la situación.

Tras varias horas de discusión deciden “hacerme un favor” e iniciar el trámite, para lo cual tienen que quedarse con mi fotocopia compulsada. Me negué a entregarles el documento explicándoles que no podía desprenderme de dicha fotocopia compulsada puesto que era el único documento oficial que tenía para demostrar que Eva era mi hija, y que además lo necesitaba para realizar otras gestiones con la Administración (como darla de alta en el Servicio de Salud, en el censo municipal…), les ofrecí una fotocopia del documento, pero nada más. De nuevo se produce un revuelo entre los funcionarios ante mi negativa a darle el documento, lo que lleva la situación al punto de partida.

Como se acercaba la hora de terminar con la jornada laboral y viendo que yo no pensaba marcharme sin mi documento optaron por emitir un certificado temporal cuya renovación estaba condicionada a la entrega del Libro de Familia cuando lo recibiera.

Pero esta historia no deja de ser una mera anécdota si la comparo con el serio problema que tuve con la Administración de Educativa, el cual nunca se resolvió. Pero esta la dejo para la próxima entrada.

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