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prolongo ha actualizado una entrada en el grupo
El marco normativo de la adopción hace 14 años, 3 meses La normativa vigente en materia de adopción otorga al adoptado el derecho a conocer sus orígenes biológicos. Y en el ejercicio de ese derecho obliga a la Administración Pública a conservar la información que disponga relativa al adoptado.
Mi duda es, en el caso de la adopción internacional, ¿qué información tiene la Administración distinta a la que los padres adoptantes disponemos ya porque conformaba el expediente de adopción?-
Creo que ninguna, la inscripción en registro civil en la nota marginal de la partida de nacimiento. Que incluso cuando realizamos el traslado desde el Registro Civil Central al Juzgado de lo Civil de nuestra localidad, nos dijeron que podríamos modificarla, pero al ser nuestra hija China y haber conservado su nombre, no quisimos modificar, porque no se puede negar al niño a niña lo que es evidente.
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