Seis de cada diez menores que requieren de protección social se benefician del acogimiento familiar, según Montero

El 60 por ciento de los 6.141 menores andaluces que requieren alguna medida de protección se benefician del acogimiento familiar, según ha resaltado este miércoles la consejera de Salud y Bienestar Social, María Jesús Montero, durante su comparecencia en la Comisión del ramo en la Cámara autonómica.

Montero, que ha detallado que se trata de la medida de protección «mayoritaria» en Andalucía, ha relatado así que sólo el 38 por ciento de los menores están en centros de acogida, mientras que un dos por ciento pasaron a adopción.

A 31 de diciembre de 2011, ha precisado que más de 3.800 menores se benefician en Andalucía del acogimiento familiar, de los que 2.528 han sido acogidos en su propio entorno familiar, siendo esta medida de protección la principal «alternativa» a la «institucionalización en centros».

Con ello, ha subrayado, «se pretenden evitar los riesgos que supone la separación del menor en su entorno habitual». El objetivo es que ningún niño menor de siete años con una medida de protección en marcha tenga que entrar en un centro.

Ha enfatizado que lo que primero se prima es que el acogimiento sea «con miembros de la propia familia del menor» y que, sólo cuando esto no es posible, por una familia ajena. Sea como fuere, ha defendido que los principios del acogimiento pasan por «favorecer la reunificación familiar», por lo que esta medida es incompatible con el acogimiento preadoptivo o la adopción.

Ha sintetizado que los tipos de acogimiento familiar son cuatro: simple, permanente, de urgencia y profesionalizado. El acogimiento familiar simple tiene carácter transitorio y se aplica cuando se prevé una reinserción del menor con su familia biológica en un corto plazo de tiempo. Tiene un plazo máximo de dos años y está dirigida a menores de cualquier edad, aunque es preferentemente para los más pequeños.

El acogimiento familiar permanente, por su parte, es para aquellos casos en los que no hay previsión de reinserción en la familia biológica. Está dirigida, en general, a menores con más de siete años y, en este caso, puede llegar hasta la mayoría de edad. Mientras que el acogimiento familiar de urgencia está dirigido a menores con menos de siete años sobre los que hay que intervenir de forma inmediata. Tiene una duración máxima de seis meses, con opción de una prórroga de tres meses más.

El acogimiento familiar profesionalizado, que es remunerado, se utiliza como opción para menores de cualquier edad con necesidades especiales (enfermedad grave, discapacidad, víctima de malos tratos o abusos sexuales, o problemas de conducta).

BALANCE

Montero ha señalado como «reto» conseguir que «ningún niño o niña menor de siete años con una medida de protección en marcha tenga que entrar en un centro». Es por ello que, en los últimos años, ha aludido a la potenciación del acogimiento familiar de urgencia, lo que ha permitido reducir, entre 2010 y 2012, un 30 por ciento el número de menores de siete años ingresados en centros. De hecho, mientras que en junio de 2010 había 249 en esta situación, en junio de 2012 la cifra era de 174.

Tanto es así que en el primer semestre de 2012 un total de 108 menores de siete años fueron acogidos en esta modalidad de urgencia, mientras que en todo 2011 la cifra ascendió a 170.

Respecto al acogimiento previsto para menores con necesidades especiales, Montero ha enumerado que en Andalucía existen 238 menores en esta situación pendientes de poder beneficiarse de esta medida de integración familiar. En la mayoría de los casos, son menores con más de siete años (57%) y en un 18 por ciento de grupos de hermanos.

El acogimiento en la modalidad profesionalizada requiere que las familias cumplan unos requisitos específicos que, en algunos casos, se trata de formación especializada y la suficiente disponibilidad. Se trata del único tipo de acogimiento remunerado. De hecho, en 2011, un total de 1.495 las familias fueron remuneradas por atender a 1.973 menores, lo que supuso una inversión de 7,3 millones de euros.

Montero ha recordado también el papel fundamental realizado por las instituciones colaboradoras que facilitan el proceso de acogimiento y que se encargan, además, de realizar campañas de captación, formación y valoración de las familias solicitantes. También hacen el seguimiento continuo del acogimiento y el estudio de las relaciones personales con la familia biológica y extensa.

Las familias adscritas al programa de acogimiento cuentan con un profesional para resolver sus dudas. Asimismo, existe un teléfono de información (902 102 227) en el que se ofrece asesoramiento sobre todos los temas relacionados con la infancia. En esta línea, el acogimiento familiar es el que más consultas genera (41,4% de las llamadas en el primer semestre de 2012).

Actualmente hay en Andalucía alrededor de 1.500 menores que residen en centros de protección y susceptibles de pasar a un acogimiento familiar.

PERFIL

La edad media de los menores acogidos se sitúa en los 8,6 años y la mayoría disfruta de un acogimiento familiar antes de cumplir los 5 años, fundamentalmente en su familia extensa materna (los abuelos principalmente). En cuanto a las causas de desamparo, el 72 por ciento de los menores padecían una situación de abandono o de maltrato psicológico o prenatal de sus progenitores.

En lo que respecta a los acogedores, la edad media de inicio de acogimiento es de 43 años, aunque en el caso de los de familia extensa asciende a los 50. Aunque la mayoría de los acogedores están casados, el programa está abierto a parejas de hecho o personas solas. Los miembros que componen los hogares de las familias de acogida oscila entre los cuatro y las cinco personas, lo que supone que es frecuente que existan hijos biológicos.

Respecto al perfil tipo de los padres biológicos de los menores acogidos, tienen una edad media de 36 años en los padres y de 28 en las madres, con un alto índice de desempleo y de desestructuración familiar.

(EuropaPress)

Fuente: La Información

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