Modelo oficial de contrato de intermediación en adopción internacional

Orden de 21 de marzo de 2012 por la que se establece el modelo oficial de contrato de intermediación en adopción internacional para la Comunidad Autónoma de Galicia. (DOG de 17 de abril de 2012) Texto completo.

Preámbulo

La Ley 3/2011, de 30 de junio, de apoyo a la familia y a la convivencia de Galicia establece en el artículo 75.2 que en los procesos de adopción internacional le corresponde al departamento competente de la Xunta de Galicia la habilitación, el control, la inspección y la elaboración de las directrices de actuación de las entidades colaboradoras de adopción internacional en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

Por su parte, el Decreto 42/2000, de 7 de enero, por el que se refunde la normativa reguladora vigente en materia de familia, infancia y adolescencia dedica las secciones segunda a novena del capítulo V a la regulación de las entidades colaboradoras de adopción internacional e indica en su artículo 96 que el funcionamiento de estas entidades se ajustará a lo que establezca la normativa internacional, estatal y autonómica aplicable. …

Publicado el 18/04/2012 en Diario del Derecho

 

Si este artículo te parece interesante, compártelo.
Facebook Twitter Plusone Linkedin Pinterest

Deja una respuesta