La Adopción en Sri Lanka

Marco normativo
Sri Lanka firmó el convenio de la Haya de protección del menor y cooperación en materia de adopciones del 29 de Mayo de 1993, el 24 de Mayo de 1994, lo ratificó el 23 de Enero de 1995 y entró en vigor el 1 de Mayo de 1995.

Sri Lanka no ha firmado el Convenio de la Haya referente a la legalización de documentos públicos extranjeros.

La normativa que regula el procedimiento de adopciones es la siguiente:

Adoption of Children Ordinancede 1956
Child adoption Procedure for the Guidance of foreign Applicants 1992
Adoption of Children (modificada el año 1992)
Citizanship Act del año 1996 ( artículos 19 a 21, sobre la nacionalidad)

Requisitos de los adoptantes:

-Estado civil: Únicamente se admite la adopción de parejas casadas. No se admiten las parejas de hecho ni familias monoparentales. No se solicita un mínimo de años de matrimonio, pero se recomienda que sea un mínimo de un año.

-Edad de los adoptantes: Tendrán que ser mayores de 25 años y tener una diferencia de edad mínima de 21 años con el adoptado.

Requisitos de los adoptados:

– Pueden ser adoptados los menores de 14 años.
– Los niños mayores de 10 años tendrán que dar su consentimiento.

Tramitación:

– Sri Lanka solamente admite la tramitación a través de agencia acreditada.

Características de la adopción:

– Es una adopción plena. El niño adopta la nacionalidad española.
– Se realiza un procedimiento judicial en el país, con la presencia de un abogado de Sri Lanka.

DOCUMENTACIÓN:

Emitido por la autoridad pública:
– Certificado de idoneidad.
– Informe psicosocial.

Documentación que han de preparar los solicitantes:

– Carta de motivación de la adopción.
– Certificados literales de nacimiento del matrimonio y de los hijos que tengan.
– Certificado literal de matrimonio.
– Certificados de salario: Emitido por el director de la empresa. No se admiten los certificados de IRPF.
– Certificado de antecedentes penales.
– Certificado médico (que incluya informe sobre salud física y mental). Si es el caso, se tendrá que hacer constar en el mismo certificado que existe un problema de infertilidad o esterilidad.
– 4 fotografías de los solicitantes.
– 8 o 10 fotografías de la vivienda y del entorno familiar donde vivirá el menor.
– Fotocopia de los pasaportes.

Los solicitantes tendrán que suscribir un compromiso para realizar dos informes de seguimiento al año.

Efectos de la adopción:

– El procedimiento de la adopción es judicial.Se podrá realizar el cambio de nombre del menor en el mismo momento del juicio.
– Es una adopción plena. La inscripción se practicará en el regsitro civil de la localidad de los solicitantes.
– El menor pierde la nacionalidad de Sri Lanka.

Importante:

– Las familias que tengan dos hijos, sólo podrán adoptar un menor que presente necesidades especiales.
– La familia tendrá que tramitar su visado para poder entrar en India. En la Embajada española en Nueva Delhi se tramitará el visado de reagrupación familiar del menor.
– Tienen preferencia las parejas jóvenes sin descendencia o aquellas que tienen un hijo, y con problemas de infertilidad y esterilidad. También aquellas que soliciten la adopción de un menor con necesidades especiales.

Fuente: ECAI Balbalika

 

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